El proceso de selección del proveedor en la importación para MIPYMES en Cuba

La selección del proveedor en el proceso de importación es un tema de vital importancia para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en Cuba. Existen diversas incógnitas y debates en torno a si estas empresas pueden optar por proveedores independientes o si están limitadas a los proveedores designados por las entidades importadoras estatales.

La respuesta a esta interrogante es que, si bien las MIPYMES tienen la facultad de elegir proveedores, este proceso está regulado por una serie de consideraciones legales y operativas que es necesario tener en cuenta.

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En el contexto cubano, durante el proceso de importación, el rol del proveedor adquiere una relevancia significativa. Además de las empresas o individuos que suministran los bienes o servicios, se encuentran las Entidades Importadoras Autorizadas, que desempeñan un papel crucial en las actividades de comercio exterior, especialmente para las MIPYMES, cooperativas y TCP.

La Resolución 315-20 del MINCEX establece el marco normativo que regula las relaciones comerciales entre las entidades autorizadas para el comercio exterior y las formas de gestión no estatal. En ella se delinean los procedimientos que deben seguir las MIPYMES en Cuba al seleccionar a sus proveedores.

En resumen, estas entidades importadoras autorizadas presentan una cartera de proveedores extranjeros a la FGNE (Forma de Gestión No Estatal) que realizará la importación. Las MIPYMES tienen la opción de aceptar o rechazar estos proveedores, e incluso pueden proponer proveedores que no estén incluidos en la cartera proporcionada. En este último caso, las entidades importadoras analizan las solicitudes y los proveedores propuestos deben cumplir con la documentación legal pertinente.

Es fundamental comprender cuándo y cómo se debe determinar un proveedor en el proceso de importación. Es común encontrar prácticas como la contratación de una empresa importadora después de realizar la operación de compra y embarque, lo cual conlleva riesgos legales, aduaneros y económicos. La normativa cubana establece que la contratación de una empresa importadora debe realizarse antes de la operación, siguiendo ciertos requisitos legales.

Asimismo, la selección de un proveedor autorizado antes de formalizar el contrato de compra es un requisito legal. Esto es especialmente relevante en el caso de mercancías que requieren permisos especiales o cuya extracción puede demorarse una vez en el país.

En conclusión, las relaciones comerciales entre las empresas importadoras autorizadas y las MIPYMES se rigen por contratos que incluyen disposiciones sobre la selección de proveedores. Es esencial que estas empresas cumplan con los requisitos establecidos antes de proceder con la compra y el embarque de mercancías. Las prácticas informales, como la mencionada en redes sociales, pueden acarrear consecuencias negativas, incluida la pérdida financiera.

Por tanto, la selección del proveedor en la importación de una MIPYME en Cuba recae en la MIPYME (CNA o Tcp) al tener esa facultad pero debe hacerlo cumpliendo con las normativas y procedimientos establecidos por las autoridades pertinentes, y antes de realizar cualquier transacción comercial.