Contravenciones y Sanciones Aplicables a la Gestión No Estatal según el Decreto-Ley 91/2024

El Decreto-Ley 91/2024 trae consigo nuevas regulaciones para los actores de la gestión no estatal en Cuba, estableciendo claras responsabilidades y sanciones en caso de incumplimiento. Tanto los trabajadores por cuenta propia (TCP) como las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) y las Cooperativas No Agropecuarias (CNA) se ven afectadas por estas normativas, diferenciando la forma en que deben responder ante contravenciones.

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Responsabilidades Legales

Un aspecto destacado de esta normativa es que los TCP responderán de manera personal ante cualquier infracción que cometan. Por otro lado, las MiPymes y CNA responderán como personas jurídicas, utilizando el patrimonio de la entidad. No obstante, dichas entidades pueden exigir la responsabilidad personal del infractor en ciertos casos.

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Multas por Contravenciones Menos Graves

Las contravenciones se clasifican según su gravedad. Para las menos graves, se establecen las siguientes multas:

  • Trabajadores por cuenta propia: entre 20 y 40 cuotas.
  • Mipymes y CNA: entre 40 y 60 cuotas.

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Las infracciones de este tipo incluyen:

  • No llevar los documentos requeridos durante el ejercicio de la actividad.
  • No notificar a las autoridades sobre cambios en el proyecto de trabajo, domicilio legal o lugar de actividad.

Multas por Contravenciones Graves

Las contravenciones graves conllevan sanciones más severas:

  • TCP: de 40 a 60 cuotas.
  • MiPymes y CNA: de 60 a 100 cuotas.

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Algunas de las infracciones graves incluyen:

  • No registrar adecuadamente los salarios, remuneraciones y tiempos de servicio de los empleados, afectando su seguridad social.
  • No cumplir con la retención y pago de contribuciones a la seguridad social, impuestos personales y otras obligaciones.
  • Desobedecer las normativas para el uso eficiente de energía y energías renovables.
  • Infringir las normas de ciberseguridad.
  • No utilizar canales electrónicos de pago o incumplir con la domiciliación de nóminas en los casos aplicables.
  • Violar los derechos laborales en cuanto a contratación, remuneración, seguridad social, entre otros.
  • Realizar actividades en locales no autorizados o sin la debida observancia de las normativas municipales.

Multas por Contravenciones Muy Graves

Las contravenciones muy graves presentan sanciones más elevadas, y la normativa modifica las cuotas aplicables a estos casos:

  • Permitir situaciones de violencia o acoso en el entorno laboral.
  • Emplear a menores de 15 años.
  • No usar cuentas bancarias fiscales o corrientes para los cobros y pagos.
  • Incumplir con las normas higiénico-sanitarias o de inocuidad alimentaria, poniendo en riesgo la vida de las personas.
  • Publicitar actividades no autorizadas o actos contrarios a la ley o la moral en redes sociales u otros medios de comunicación.
  • Actuar como testaferro, declarando la propiedad de bienes y derechos que no les pertenecen para encubrir a sus verdaderos dueños.

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Autoridades Encargadas de la Imposición de Sanciones

El Decreto-Ley 91/2024 otorga facultades a varios actores para inspeccionar e imponer sanciones. Entre estos se incluyen:

  • Inspectores provinciales y municipales de las direcciones de inspección de los órganos locales del Poder Popular.
  • La Policía Nacional Revolucionaria.
  • Inspectores de organismos de la Administración Central del Estado y otras entidades nacionales.

Procedimiento para Impugnar Sanciones

En caso de una sanción, los afectados pueden recurrir a un recurso de reforma, que debe presentarse ante la misma autoridad que impuso la sanción, con un plazo de 10 días hábiles desde la notificación del acto administrativo.

Las autoridades tienen 30 días naturales para resolver dicho recurso. Si no emiten resolución en ese periodo, se entiende que el recurso ha sido desestimado, lo que abre la posibilidad de interponer un recurso de alzada.

Si el recurso se resuelve a favor del reclamante, este recibirá la devolución de la multa, la restitución de la autorización o la compensación por los bienes, según corresponda, en un plazo de 10 días hábiles.

Ajuste de las Multas por Inflación

Finalmente, el Decreto-Ley establece que las multas podrán ajustarse en función de la inflación del país al momento de la imposición, lo que significa que las sanciones monetarias podrían aumentar dependiendo de la situación económica nacional.

Fuente: Ministerio de Economía y Planificación